Opinion

¿Te pueden cobrar por una copia de tu radiografía dental? Esto dice la ley en España

Cada vez más pacientes se hacen la misma pregunta cuando cambian de dentista, quieren pedir una segunda opinión o simplemente desean conservar su documentación médica: ¿puede una clínica dental negarse a dar una copia de una radiografía? ¿Y puede cobrar por ella alegando que la prueba fue gratuita?

Radiografia dental

Afortunadamente, hoy en día no es lo habitual. La inmensa mayoría de clínicas dentales no ponen problemas cuando un paciente solicita su documentación. Sin embargo, todavía queda alguna que otra clínica que sigue poniendo pegas, retrasos o exigencias de pago para entregar una radiografía o parte de la historia clínica, como si se tratara de una concesión y no de un derecho reconocido por la ley. El derecho de acceso a la historia clínica y a obtener copia está reconocido en el artículo 18.1 de la Ley 41/2002.

¿La radiografía dental forma parte de la historia clínica?

Sí. La radiografía dental forma parte de la documentación clínica del paciente y entra dentro del derecho de acceso a la historia clínica. La Ley 41/2002 reconoce que el paciente tiene derecho a acceder a la documentación de su historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella. La AEPD también recuerda, en su guía para pacientes y usuarios, que el paciente puede solicitar una copia de su historia clínica para acudir a otro centro o a otro especialista.

¿Puede una clínica negarse a entregar una copia?

Algunas clínicas intentan apoyarse en una excusa muy concreta: que, como la radiografía fue gratuita en su momento, si ahora el paciente quiere una copia debe pagarla. Pero esa idea mezcla dos cosas distintas. Una cosa es que la prueba se realizara dentro de la asistencia prestada y otra muy distinta que el paciente ya haya recibido una copia de esa documentación.

Hacer la radiografía y entregar después una copia no son lo mismo. Si nunca se facilitó copia, el paciente sigue ejerciendo su derecho de acceso a una documentación que forma parte de su historia clínica. Ese derecho no depende de la costumbre interna del centro ni de lo que “siempre hayan hecho”, sino de la ley.

¿Te pueden cobrar por una copia de tu radiografía dental?

Aquí está una de las claves del asunto. La AEPD recuerda que los datos de salud están especialmente protegidos y que el paciente puede solicitar acceso a su historia clínica. Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmó el 26 de octubre de 2023 que el paciente tiene derecho a obtener una primera copia gratuita de su historia clínica. La panorámica anual del propio tribunal resumió ese criterio de forma muy clara: un dentista tiene la obligación de facilitar gratuitamente una primera copia de los datos del paciente.

Por eso, cuando una clínica responde “sí, te la damos, pero es de pago”, lo que hace es poner una barrera donde la ley reconoce un derecho. Y cuando además intenta justificarlo diciendo que la radiografía fue gratuita, desplaza el problema a un terreno equivocado. La cuestión no es si la prueba se cobró o no se cobró en su día, sino que esa radiografía forma parte de la historia clínica y el paciente tiene derecho a acceder a ella y a obtener copia.

¿Y qué pasa si la radiografía es digital o se envía por correo electrónico?

En muchos casos ni siquiera estamos hablando de una copia en papel o de un soporte físico, sino de una radiografía digital o de un envío por correo electrónico. En esas situaciones, pretender justificar un cobro resulta todavía más difícil de entender, porque la entrega puede hacerse de forma sencilla y electrónica. La sentencia del TJUE menciona expresamente la posibilidad de solicitar copias electrónicas de la historia clínica, y la AEPD también indica que el acceso puede ejercerse respecto de documentación clínica en formato electrónico.

¿Importa que hayan pasado varios meses desde que se hizo la radiografía?

No cambia lo esencial. Si la documentación sigue formando parte de la historia clínica, el derecho de acceso del paciente sigue existiendo. La AEPD recuerda que la historia clínica debe conservarse, entre otras razones, para garantizar precisamente el derecho de acceso del paciente a su documentación sanitaria.

¿Qué hacer si una clínica pone pegas o exige un pago?

Lo más recomendable es pedir siempre la respuesta por escrito. Si una clínica mantiene que solo entrega la radiografía previo pago, lo lógico es solicitar que indique por escrito la base legal concreta en la que pretende apoyarse.

Y si no atiende correctamente el derecho de acceso, el paciente puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos. La propia AEPD explica que, si la respuesta al derecho de acceso a la historia clínica no es satisfactoria, puede presentarse una reclamación ante la Agencia. También puede acudirse a los organismos de consumo competentes o poner los hechos en conocimiento del colegio profesional correspondiente.

La mayoría de clínicas no tienen ningún problema en entregar la documentación a sus pacientes cuando se les solicita, y precisamente por eso conviene decirlo claramente: poner trabas hoy en día no es lo normal ni lo habitual. Por eso, cuando alguna clínica sigue levantando obstáculos, retrasando la entrega o condicionándola al pago, lo que hace no es actuar como el resto del sector, sino quedar en evidencia con una práctica impropia, desfasada y contraria al derecho del paciente a acceder a su propia documentación clínica.

En pleno 2026, ningún paciente debería verse obligado a soportar trabas, excusas o exigencias dudosas para obtener una radiografía que forma parte de su historia clínica. Por suerte, eso ya no representa a la mayoría de clínicas, pero precisamente por eso deja aún más en evidencia a las pocas que siguen actuando como si la documentación clínica del paciente fuera algo que pueden retener o condicionar. La ley reconoce ese derecho, y quienes todavía no lo entienden deberían revisarlo cuanto antes.

También en Asturias merece la pena recordar que estas prácticas no deberían tener cabida.

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